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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383435
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2276
AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2276
Si contra estas últimas se endereza el amparo exclusivamente y no contra las autoridades que dictaron el acto que trata de ejecutarse, sólo pueden reclamarse las violaciones que se cometan en la ejecución, y la constitucionalidad o inconstitucionalidad de aquel acto no debe ser materia de la sentencia de amparo, por provenir de autoridad distinta de la señalada como responsable.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 3616/25. American Smelting and Refining Company. 9 de marzo de 1935. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Octavio M. Trigo.