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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2406
CONTRATO DE TRABAJO, INTERMITENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2406
Para que exista el contrato de trabajo, no es necesario que el obrero que presta servicios, esté en constante relación de dependencia y dirección respecto del patrono que se los paga, pues basta que exista una persona que contrate los servicios de otra, quien a su vez, acepta ejecutarlos, mediante el pago de determinada suma, en horas determinadas y dentro de una periodicidad previamente convenida, para que exista, por ese sólo hecho, el contrato de trabajo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4303/34. Carrasco Josefa y coag. 12 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.