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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383442
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2423
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2423
El artículo 550 del código federal del trabajo, autoriza a las Juntas de Conciliación y Arbitraje para apreciar las pruebas en conciencia; y, por tanto, no son aplicables las reglas sobre estimación de las pruebas fijadas por los Códigos de Procedimientos Civiles de los Estados.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5231/33. Pantoja Regino. 12 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Salomón González Blanco.