Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383489
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383489
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2992
TRABAJO, SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XLIII; Pág. 2992
La cláusula del contrato de trabajo que autoriza al patrono a darlo por concluido, previa notificación con un plazo determinado, es nulo, conforme a la fracción XXII del artículo 123 constitucional; pero si esa cuestión no se somete a la consideración de la Suprema Corte, la sentencia no puede ocuparse de ella, por ser el amparo de estricto derecho.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2518/26. Compañía Maderera del Sur, S. A. 21 de marzo de 1935. Unanimidad de cinco votos. Relator: Alfredo Iñárritu.