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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 935
MULTAS EN MATERIA DE COMPETENCIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 935
No habiendo temeridad de parte de los litigantes, al promover o impugnar una competencia, no es procedente imponer la multa a que se refiere el artículo 437 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 37/34. Suscitada entre el Juez Segundo de Letras del Ramo Civil de Tampico y la Junta Municipal de Conciliación del mismo lugar. 24 de septiembre de 1934. Mayoría de diez votos. Disidente: Ricardo Couto. La publicación no menciona el nombre del ponente.