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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383554
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1946
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, ESTIMACION DE LAS PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 1946
La soberanía de las Juntas para la estimación de las pruebas, no puede extenderse, por su propia definición, más que a la calificación de las mismas, en cuanto que se declaren suficientes, o no, para comprobar los hechos a que se contraen, y las extralimitaciones de esa facultad de apreciación, no deben quedar excluidas del juicio de amparo, ni considerarse insustituibles por el criterio de la autoridad judicial del conocimiento.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14813/32. Parada Rodolfo. 23 de octubre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.