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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3210
OBREROS, NULIDAD DE LOS CONTRATOS QUE FIJA UNA INDEMNIZACION MENOR QUE LA LEGAL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLII; Pág. 3210
El hecho de que alguno de los obreros haya firmado recibos, aceptando en ellos, como precio de esa indemnización, cantidades inferiores al sueldo de tres meses, que les corresponde por despido injustificado, y que se les haya dado por presentes, en determinado convenio, no exime a la empresa de pagarles lo que justamente les corresponde, de acuerdo con el artículo 123 de la Constitución, fracción XXII, ya que son nulos, por disposición terminante y categórica de esa regla constitucional, en su fracción, XXVII, incisos "G" y "H", todos los pactos que tiendan a menoscabar o destruir los derechos que ese precepto consagra en favor de los trabajadores.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1877/33. Castro Espiridión y coagraviados. 22 de noviembre de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.