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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383603
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1689
CONTRATO DE TRABAJO, EXISTENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 1689
De acuerdo con el artículo 18 de la Ley Federal del Trabajo, se presume la existencia del contrato indefinido de trabajo; y es motivo para presumirlo, el hecho de que después de concluido el contrato para obra determinada, se encomiende otra obra al mismo trabajador y por el mismo patrono, surgiendo entonces un contrato por tiempo indeterminado, del cual se derivarán todos los derechos que la Ley Federal del Trabajo concede a los trabajadores.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 12009/32. Zúñiga Lazcano Eduardo. 4 de julio de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.