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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2975
JUNTAS DE CONCILIACION.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 2975
Las cuestiones de derecho no están comprendidas dentro de la soberanía reconocida a las Juntas de Conciliación, en materia de apreciación, pues dicha soberanía está restringida a las pruebas, en relación con los hechos que se sometan a su conocimiento y decisión.
Precedentes
Amparo en revisión, en materia de trabajo 6540/33. Unión de trabajadores de la Compañía Terminal de Veracruz. 8 de agosto de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.