Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383637
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383637
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3704
ACTO RECLAMADO, CONSTITUCIONALIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XLI; Pág. 3704
Si el quejoso alega la inconstitucionalidad del acto que reclama, por omisión de los requisitos que la ley establece respecto del mismo, la carga de la prueba toca a la autoridad responsable, quien tiene la obligación de demostrar que obró dentro de la ley, pues conforme a nuestro régimen constitucional, las autoridades sólo pueden hacer lícitamente lo que la ley o los reglamentos les permiten, en tanto que los ciudadanos pueden hacer todo aquello que la ley o los reglamentos no les prohiben.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1213/33. Zamorano Juan. 28 de agosto de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.