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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383644
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 670
JUNTAS, LAUDOS DE LAS, ERROR EN EL NOMBRE DEL CONDENADO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 670
Si ante la Junta de Conciliación y Arbitraje se presenta una reclamación contra determinada sociedad, y por una omisión en la parte resolutiva, en lugar de decirse que se condena al gerente de la sociedad, en su carácter de tal, se expresa únicamente el nombre de aquél, esa omisión no implica el cambio de sentido del laudo, para que se considere que el condenado es el gerente en lo personal; ni por tanto, puede perjudicarlo también en lo personal; por lo cual, el juicio de amparo que se enderece por el tan repetido gerente, es improcedente y debe sobreseerse.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4295/26. Viadero José. 22 de enero de 1934. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro José López Lira no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Relator: Jesús Guzmán Vaca.