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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383648
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1285
PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER ANTE LAS JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1285
Los artículos 77 y 79 del Reglamento de las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, no exigen que la Junta se vea en la necesidad de acordar expresamente, que una prueba se traiga a la vista para mejor proveer, en casos en que esas pruebas ya existen, de hecho, agregadas al expediente, por haber sido presentadas fuera de tiempo; estando facultada la Junta para, al dictar el laudo, tomar en consideración dichas pruebas, si con anterioridad había dictado acuerdo en el sentido de que, llegado el caso, vendría a constituir elementos traídos a la vista para mejor proveer, si lo juzgaba necesario.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 12948/32. Compañía Minera Asarco. 8 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.