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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383649
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1286
HECHOS ADMITIDOS POR LAS PARTES ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1286
Si un hecho es admitido por ambas partes, y la Junta de Conciliación y Arbitraje no hace mención de ese hecho en su laudo, esa omisión no afecta en forma alguna, la defensa del demandado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 12948/32. Compañía Minera Asarco. 8 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.