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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383651
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1363
JUNTAS, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 1363
Si el reclamante no expensa los gastos necesarios para la certificación en que hace consistir su prueba, esto, cuando mucho, podrá hacerle perder el derecho a esa prueba y dar lugar a que la Junta falle sin tenerla en cuenta, pero nunca a que la misma Junta tenga al reclamante por desistido de su acción, toda vez que no hay ley que establezca la procedencia del desistimiento, por esa causa.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4811/33. Cantero Antonio y coagraviado. 10 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Luis M. Calderón.