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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383655
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2013
JUNTAS, PERSONALIDAD DEL DEMANDADO ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 2013
Si la existencia jurídica del demandado, es reconocida expresamente por la parte reclamante, al instaurar su queja ante la Junta, y por ésta, al condenarlo al pago de la indemnización, es improcedente sobreseer en el amparo que pida el demandado, fundándose en que no está comprobada su personalidad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 10774/32. Compañía "Real del Monte y Pachuca". 27 de febrero de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.