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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3349
JUNTAS, RECONVENCION ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XL; Pág. 3349
Si al contestar lo demanda ante las Juntas, se hace valer la reconvención, consistente en la falta de probidad del patrono, al no ocuparse la Junta de esa cuestión, vulnera, en perjuicio de los demandados, la garantía del artículo 14 constitucional, ya que los priva de defensa al no tomar en cuenta la excepción opuesta.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 21/33. Hernandorena Gerardo y coagraviados. 12 de abril de 1934. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.