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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383723
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2528
FERROVIARIOS, DISCIPLINAS A LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIX; Pág. 2528
Las disciplinas aplicables a los empleados ferroviarios, de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento para Empleados de los mismos Ferrocarriles, no pueden ser aplicadas por las Juntas de Conciliación y Arbitraje, en virtud de que ninguna ley las autoriza, sino que la aplicación de estas disciplinas, es atribución propia y exclusiva de la empresa.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 14814/32. Ramírez Manrique Miguel. 28 de noviembre de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.