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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1333
PERSONALIDAD EN EL AMPARO, EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1333
Si una de las partes litigantes ante una Junta de Conciliación y Arbitraje, reconoce personalidad a un representante de la otra parte, no puede desconocer después esa misma personalidad en el juicio de amparo, debiéndose además, tener en consideración, que cuando una persona ha sido admitida como representante legal de otra, en los procedimientos ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje para tramitar los asuntos de su competencia, tal circunstancia basta para que pueda ocurrir al juicio de garantías, con la misma representación que le hubiere sido admitida en el mismo negocio que motiva el amparo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 11888/32. Unión Mexicana de Mecánicos y Similares de Los Mochis. 3 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.