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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1674
FERROCARRILEROS, SEPARACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 1674
De acuerdo con el artículo 35 del Reglamento para el Trabajo de los Empleados de los Ferrocarriles Nacionales de México, es necesario llenar dos condiciones para poder separar a un obrero, a saber: que previamente se practique una investigación, y que en ella se justifique la causa de la separación, por lo que si no se prueba que se han satisfecho esos requisitos, es procedente condenar a la empresa a la reinstalación del obrero, y al pago de los salarios caídos, en los términos del artículo 123, fracción XX, de la Constitución Federal.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2263/30. Ferrocarriles Nacionales de México. 14 de julio de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.