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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383768
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2674
OBREROS NO SINDICALIZADOS, SEPARACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2674
Si un sindicato celebra con un patrono, contrato colectivo de trabajo y en este último se estipula que el patrono se compromete a no ocupar más personal que el que pertenece al sindicato, quedando desligado de todo compromiso con los trabajadores que, en cualquier tiempo, dejen de pertenecer a dicha agrupación, es indudable que los obreros que ya no pertenecen al sindicato, no tienen derecho para continuar prestando sus servicios al patrono y la Junta de Conciliación y Arbitraje que corresponda, debe decretar la separación de aquéllos.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1314/31. Unión de Obreros Ferrocarrileros del Puerto de Veracruz. 16 de agosto de 1933. unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.