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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2692
PROCEDIMIENTO, VIOLACIONES DEL, ANTE LAS JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2692
Las violaciones del procedimiento que dejan sin defensa al quejoso, cometidas en los juicios que se ventilan ante las Juntas de Conciliación y Arbitraje, como la de negarse a recibir pruebas y a expedir copia de lo actuado para formular alegatos, deben reclamarse al interponerse el amparo contra el laudo que dicte la Junta y no en un juicio de garantías especial.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2334/31. Compañía Frutera Transcontinental, S. A. 17 de agosto de 1933. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Jesús Guzmán Vaca.