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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383780
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2879
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, PRUEBAS ANTE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXVIII; Pág. 2879
Si en la audiencia de pruebas celebrada en la Junta de Conciliación y Arbitraje, se admiten las pruebas ofrecidas, y la audiencia se suspende para reanudarse después, con objeto de desahogar dichas pruebas, en la continuación de la audiencia, la parte que ofreció aquéllas no tiene derecho para rendir otras nuevas, pues el derecho para ofrecerlas sólo puede ejercitarse en la audiencia señalada al efecto.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 2807/31. Compañía Frutera Transcontinental S. A. 23 de agosto de 1933. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.