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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383814
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 366
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 366
Cuando el conflicto surja entre trabajadores y una empresa de concesión federal, la competencia toca a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con el artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 177/31. Suscitada entre la Juntas, Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Oaxaca y Federal de Conciliación y Arbitraje. 19 de septiembre de 1932. Unanimidad de 11 votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.