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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1288
JUNTAS DE CONCILIACION, COMPETENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXVI; Pág. 1288
Cuando existe duda sobre la naturaleza jurídica del contrato que motiva la reclamación, en el sentido de que se trata de una relación contractual meramente civil, o bien de un contrato de trabajo, pero existen pruebas aunque sean presuntivas, en favor de esta última hipótesis, es competente para conocer del conflicto una Junta de Conciliación y Arbitraje.
Precedentes
Competencia 306/32 Suscitada entre la Junta Municipal de Conciliación de Encarnación, Jalisco, y el Juez de lo Civil y de Hacienda de Aguascalientes. 24 de octubre de 1932. Mayoría de diez votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.