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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383841
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1659
LAUDOS DE LAS JUNTAS, DECLARACIONES GENERALES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1659
Contra las declaraciones generales que hagan los laudos de las Juntas, estableciendo prerrogativas en favor de los trabajadores, es improcedente conceder la suspensión, si la parte quejosa en el amparo no señala ningún acto de ejecución del citado laudo.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 122/32. Zaldo Hermanos y Compañía. 27 de julio de 1932. Mayoría de tres votos. Ausente: Paulino Machorro y Narváez. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.