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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383843
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1777
EMBARGO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 1777
El que se lleva a cabo en ejecución de un laudo de las Juntas de Conciliación, debe considerarse como un acto derivado de otro consentido, si contra dicho laudo no se pidió la protección constitucional, dentro del plazo que la ley señala.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2239/29. Gremio Unido de Alijadores. 1o. de agosto de 1932. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.