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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383850
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2082
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XXXV; Pág. 2082
Cuando el conflicto surja entre trabajadores y una empresa de concesión federal, la competencia toca a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con el artículo 358 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Competencia 172/32. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y el Juez Primero de Distrito del Distrito Federal. 15 de agosto de 1932. Mayoría de doce votos. Disidente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.