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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 512
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXIV; Pág. 512
Aun admitiendo la plena soberanía de los tribunales del trabajo, para apreciar en conciencia, los hechos y las pruebas que se sometan a su decisión, es indudable que se encuentran obligados a estudiar las cuestiones de derecho que entrañan las resoluciones en los negocios de que conozcan, con estricto apego a las disposiciones legales en vigor.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3318/28. Santillán Miguel y coags. 20 de enero de 1932. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.