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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383926
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 558
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 558
Si fundan sus laudos en una ley inaplicable, con ello violan, en perjuicio del vencido, las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2625/28. Morrison Alicia. 30 de mayo de 1931.Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.