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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 936
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 936
Las excepciones que no fueron planteadas ante las Juntas, ni discutidas en el procedimiento seguido ante las mismas, no pueden ser objeto del amparo que se enderece contra el laudo relativo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2570. Carvajal Castellanos Concepción. 13 de junio de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia.