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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1951
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1951
Conforme a su reglamento, si la parte a quien se articulan posiciones, no comparece a absolverlas, podrá las Juntas tener por ciertas las afirmaciones de la otra parte, pero no tienen la obligación de proceder así; de suerte que si no hacen uso de la facultad que su Reglamento les concede, no conculcan, por ese hecho, las garantías individuales de quien articula las posiciones.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4514/30. Barker viuda de Schmidt Elisa Kathleen. 20 de agosto de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.