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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1952
ACCIDENTES DEL TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXII; Pág. 1952
Si no aparece que exista ninguna afinidad jurídica entre el hecho causa del accidente y el trabajo que desempeñaba el que lo sufrió y, por lo mismo, no existe relación alguna de causalidad entre el accidente y el trabajo, el laudo de las Juntas de Conciliación que absuelva al demandado de quien se exige la indemnización correspondiente, no infringe la fracción XIV del artículo 123 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4514/30. Barker viuda de Schmidt Elisa Kathleen. 20 de agosto de 1931. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Daniel V. Valencia.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, página 1, tesis 2, de rubro "ACCIDENTE DE TRABAJO.".