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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383952
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 705
OBREROS, REINSTALACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXXI; Pág. 705
Si por fuerza mayor, los obreros abandonan el trabajo y son sustituidos por otros, el derecho de los primeros a ser reinstalados en sus puestos, no desaparece, y el de los sustitutos está sujeto a lo que las Juntas de Conciliación resuelvan sobre la licitud o ilicitud del abandono del trabajo, y si el laudo respectivo manda reinstalar a los obreros, no viola las garantías individuales de los obreros sustitutos.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2462/30. Aguirre Apuleyo E. y coagraviados. 3 de febrero de 1931. Unanimidad de cinco votos. Relator: Arturo Cisneros Canto.