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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383994
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 289
ENFERMEDADES PROFESIONALES.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 289
Si la empresa demandada sólo ataca el laudo en lo referente a la clasificación de la incapacidad en que funda su demanda el obrero, pero no la existencia de la incapacidad misma, la cuestión referente a la relatividad, no puede ser resuelta en el juicio de amparo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3797/29. Compañía Industrial de Orizaba, S. A. 19 de mayo de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Jesús Guzmán Vaca.