Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/383998
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 383998
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 410
ACCIDENTES DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 410
Si el contratista celebra un contrato subsidiario para la ejecución de las obras, con otra persona, pero sin hacerle cesión del contrato, por los accidentes de trabajo que sufran los obreros, es responsable el contratista y no el subcontratista, porque éste obra en representación de aquél.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3011/29. "Falguera de la Peña y Compañía". 23 de mayo de 1930. Mayoría de tres votos. Ausente: Jesús Guzmán Vaca. Disidente: Salvador Urbina. Relator: Luis M. Calderón.