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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384004
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 616
JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 616
La circunstancia de que el acta de la convención, para elegir representante obrero, no haya sido firmada por el representante del gobierno, no es motivo para invalidar el documento, porque, aparte de que no hay ningún precepto legal que así lo determine, concretándose las funciones de dicho representante, a estar presente en los primeros momentos de la convención, y teniendo que levantarse el acta cuando ha concluido, es de suponerse que el representante está ausente en los momentos en que el acta se ha redactado.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 488/30. Barragán Emilio. 5 de junio de 1930. Unanimidad de cinco votos. Jesús Guzmán Vaca.