Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384011
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384011
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1176
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1176
El artículo 97 del Reglamento de las Juntas de Conciliación y Arbitraje en el Distrito, las faculta para resolver las cuestiones incidentales, aun después de dictado el laudo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3603/29. Tosco Giovanni. 25 de julio de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Jesús Guzmán Vaca.