Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384016
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
384016
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1428

JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, COMPETENCIA DE LAS.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXIX; Pág. 1428

Precedentes

Amparo administrativo. Revisión del auto que desechó la demanda 1621/30. Compañía Petrolera Pierce Oil, S. A. 5 de agosto de 1930. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo XXV, página 1148, tesis de rubro "JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.". Tomo XXVI, página 2193, tesis de rubro "JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.".
Registro digital (IUS): 384016