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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
384019
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 20

JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE EN VERACRUZ.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 20

Precedentes

Tomo XXVIII, página 2302. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 2099/29. Bárcena Blanco Luis. 9 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Enrique Osorno Aguilar. Tomo XXVIII, página 20. Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 1785/27. Elorduy Ramiro. 4 de enero de 1930. Mayoría de tres votos, en cuanto a que se niegue la suspensión solicitada , respecto los actos de la Junta Central de Conciliación y Arbitraje y Mayoría de cuatro votos en cuanto a que se conceda respecto de los actos del Juez Segundo Municipal del Puerto de Veracruz. Ausente: Enrique Osornio Aguilar. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 384019