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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384026
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 493
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVIII; Pág. 493
La remoción del representante obrero en las Juntas de Conciliación y Arbitraje acarreará, si acaso, perjuicios para las corporaciones obreras, que son quienes tienen derecho para nombrar ese representante, de manera que el amparo que pida éste por su remoción, debe ser sobreseído.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 3171/29. Barragán Emilio. 29 de enero de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis M. Calderón. Relator: Salvador Urbina.