Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384040
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
384040
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 212

JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.

[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVII; Pág. 212

Precedentes

Tomo XXVII, página 2779. Indice Alfabético. Amparo 2262/29. Mercado Apolonio. 24 de octubre de 1929. Unanimidad de cinco votos. Relator: Daniel V. Valencia. Tomo XXVII, página 212. Amparo administrativo en revisión 166/28. Fink Carlos. 9 de septiembre de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Arturo Cisneros Canto. Relator: Daniel V. Valencia.
Registro digital (IUS): 384040