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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384077
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1459
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 1459
La prescripción para ejercitar las acciones que nazcan de los conflictos de trabajo, se cuenta desde que el obrero fue separado indebidamente por el patrono, y no desde que cambio de ocupación, prestando sus servicios al mismo, a menos que exista prueba de que hubo diversos contratos de trabajo, para cada uno de los servicios que prestó al patrono.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 953/28. Ortiz Pantaleón. 11 de julio de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.