Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384086
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384086
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2142
LIBERTAD DE TRABAJO Y DE ENSEÑANZA.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2142
Si aplicando una ley local, se manda cesar a un maestro en determinado empleo, no puede decirse que con ello se ataca a la libertad de enseñanza, ni que se le impide el ejercicio de su profesión pues ni se le coarta la libertad de enseñar, ni se le prohibe ejercer el magisterio, y aun cuando con el cese se les prive de los emolumentos, no existe violación del artículo 16 constitucional si no se comprueba que fue nombrado para el empleo por determinado tiempo, o que la ley lo considera inamovible.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 4083/28. Arreola Paula y coagraviados. 17 de agosto de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. La publicación no menciona el nombre del ponente.