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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384090
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2219
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXVI; Pág. 2219
Si al ejecutarse un laudo dictado en un conflicto de trabajo, violan la voluntad expresa de las partes, que es la suprema ley de los contratos, o atacan los derechos adquiridos por una de ellas y por virtud del laudo pronunciado por la Junta respectiva, con ello infringen las garantías que consigna el artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1683/29. Fraga Joaquín A. 20 de agosto de 1929. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salvador Urbina. Relator: Jesús Guzmán Vaca.