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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384096
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 347
INDEMNIZACIONES A LOS OBREROS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 347
La Suprema Corte ha sentado jurisprudencia en el sentido de que las indemnizaciones a que tienen derecho los obreros, con fundamento en el artículo 123 constitucional, deben equipararse a los alimentos, tesis que, con mayor razón, tiene lugar cuando se trata de la indemnización que debe pagarse a los herederos del obrero.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. "La Dura Mill and Mining Company". 26 de enero de 1929. Mayoría de tres votos. Disidentes: Paulino Machorro y Narváez y Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.