Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/384108
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384108
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 880
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo XXV; Pág. 880
Carecen de facultades para decidir juicios de desocupación, y las resoluciones que dicten en dichos asuntos, importan una violación de garantías, lo mismo que los actos de ejecución de dichas resoluciones, por parte de otras autoridades.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1327/24. Martínez Ignacio. 21 de febrero de 1929. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.