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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384135
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 23
OCULTACION DE CADAVER.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 23
La fracción I del artículo 255 del Código de Defensa Social del Estado de Chihuahua, sanciona el sepultar personalmente o mandar sepultar un cadáver o un feto humano; pero esta disposición no es aplicable a un supuesto en que el cadáver de una persona que ha fallecido víctima de un homicidio por imprudencia, es arrojado a un río con el propósito de que desaparezca, porque en este caso no se está en el supuesto de la fracción II del propio artículo, en la que se consagra como delictivo el ocultamiento de un cadáver de persona que haya recibido muerte violenta.
Precedentes
Amparo directo 699/52. Juana Alvarado Martínez. 3 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.