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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384137
- Clave de tesis
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 23
HOMICIDIO POR IMPRUDENCIA EN CASO DE ENFERMEDAD. PLAGIO.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 23
Si en un caso de plagio la víctima fallece a consecuencia de una enfermedad anterior al secuestro, pero concomitante a la falta de auxilios médicos que por imprevisión no proporcionó el plagiario, debe afirmarse que independientemente de que no haya existido la voluntad de causar la muerte, la falta de cuidado produjo el resultado dañoso sancionado por la ley penal.
Precedentes
Amparo directo 699/52. Juana Alvarado Martínez. 3 de octubre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.