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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 384227
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 446
AYUNTAMIENTOS. CARACTER DE SU DOMINIO SOBRE TIERRAS Y AGUAS.
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 446
En los términos del artículo 27 constitucional, la propiedad de las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional, corresponde originariamente a la nación, pero los Ayuntamientos no pueden en manera alguna identificarse como personas jurídicas con la nación, ni en el terreno del derecho público ni en el del privado, por lo que, en términos constitucionales, el dominio que pretendan tener sobre determinados bienes no es de carácter originario sino derivado. Por ello cuando se desconoce la propiedad del Municipio sobre determinado bien, es preciso demostrarla invocando el título de adquisición cualquiera que sea la naturaleza de éste.
Precedentes
Amparo directo 8836/49. Jalil Majul Ballesteros. 11 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Mariano Azuela.