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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
384246
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 516

CADUCIDAD DE LA INSTANCIA, SOBRESEIMIENTO POR. DESDE CUANDO EMPIEZA A CONTARSE EL TERMINO DE 180 DIAS A QUE SE REFIERE EL ARTICULO 5o. TRANSITORIO DEL DECRETO DE 30 DE DICIEMBRE DE 1950, QUE REFORMO Y ADICIONO LA LEY DE AMPARO.

[TA]; 5a. Época; Sala Aux.; S.J.F.; Tomo CXXVI; Pág. 516

Precedentes

Amparo directo 6524/45. Chaguib N. Saab. 17 de noviembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Registro digital (IUS): 384246